(Actualización 25 enero 2023)

La Realización de la Convocatoria Pública Para Invitar y Seleccionar a los Integrantes Ciudadanos de Cada Uno de los Consejos/Comités Municipales Vigentes

 

Convocatoria para la Integración del Consejo Consultivo de Seguridad Ciudadana

Administración 2021-2024

Publicación en la página oficial del ayuntamiento de Tonalá – 02 diciembre 2022

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA ELEGIR A 02 CONSEJEROS TITULARES CIUDADANOS O CIUDADANAS – 02 diciembre 2022

 


Integración del Consejo         (word)


Se garantiza que la integración del consejo de los miembros que procedan de la sociedad civil sea mediante convocatoria pública, en el artículo 280 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Tonalá, Jalisco. 

CAPÍTULO DÉCIMO
DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Y EL CONSEJO CONSULTIVO DE
SEGURIDAD CIUDADANA DE TONALÁ, JALISCO.

Artículo 280.- El Consejo se integra mediante acuerdo municipal aprobado por el Pleno del Ayuntamiento para emitir la convocatoria pública que anuncie la integración, con los siguientes miembros, los cuales contarán con un suplente único: […]

Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Tonalá, Jalisco. 

Administración 2018-2021

Integración del Consejo

Convocatoria

Convocatoria para la Integración del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano

Publicación en la página oficial del ayuntamiento de Tonalá – 02 diciembre 2022

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA ELEGIR A 04 CONSEJEROS TITULARES CIUDADANOS O CIUDADANAS – 02 diciembre 2022


Integración del Consejo


Se garantiza que la integración del consejo de los miembros que procedan de la sociedad civil sea mediante convocatoria pública, en el artículo 04 del Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Tonalá, Jalisco.

CAPÍTULO II
DE LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL

Artículo 4. El Consejo Municipal se integrará en forma permanente por:

I. El Presidente Municipal de Tonalá, Jalisco, quien lo presidirá y podrá nombrar un
representante;

II. Un Secretario Técnico, que será el titular de la Dirección General de Planeación y Desarrollo Urbano Sustentable;

III. Los Regidores que presidan las Comisiones Edilicias de:

a) Planeación para el Desarrollo Urbano, Rural y Habitación Popular;
b) Movilidad y Transporte;
c) Obras Públicas Municipales;
d) Servicios Públicos Municipales;
e) Hacienda Municipal y Presupuestos;
f) Medio Ambiente, Ecología, Saneamiento, Acción contra la Contaminación y Cambio Climático.

IV. Un Consejero por cada uno de los siguientes organismos representativos y acreditados en el Municipio:

a) Derogado;
b) Cámara Nacional de la Industria de la Construcción;
c) Derogado;
d) Derogado;
e) Colegios de Arquitectos del Estado de Jalisco, A.C.;
f) Colegio de Arquitectos Urbanistas del Estado de Jalisco;
g) Colegios de Ingenieros Civiles del Estado de Jalisco, A. C;
h) Derogado;
i) Derogado;
j) Tres asociaciones vecinales legalmente constituidas y registradas en el Municipio;
k) Derogado;
l) Ejidos y comunidades indígenas legalmente constituidas de conformidad con la Ley
de la materia;
m) Derogado;
n) Derogado;
o) Derogado;
p) Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;
q) Derogado;
r) Derogado;
s) En su caso, otras organizaciones civiles o profesionales que tengan interés en el
desarrollo urbano y que soliciten su participación en el Consejo siempre y cuando acrediten
estar integradas legalmente y que pertenezcan al municipio de Tonalá;
t) Derogado; y
u) Derogado.
v) Cámara Nacional de Vivienda;
w) Un representante de cada una de las siguientes instituciones educativas:

Universidad de Guadalajara, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey e Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Occidente.

El Consejo Municipal decidirá sobre la admisión de las organizaciones civiles o profesionales a que alude el inciso s) de esta fracción.

V. Un representante por cada una de las dependencias municipales en materia de:

a) Obras Públicas;
b) Medio Ambiente y Cambio Climático;
c) Catastro;
d) Patrimonio Municipal;
e) Dirección General de Planeación y Desarrollo Urbano Sustentable; y
f) Planeación, Movilidad y Transporte,

Para la integración del Consejo el Pleno del Ayuntamiento emitirá el acuerdo municipal que anuncie la constitución del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano mediante convocatoria pública a los consejeros Ciudadanos.

Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Tonalá, Jalisco.

Comité de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Tonalá

Administración 2021-2024

Publicación en la página oficial del ayuntamiento de Tonalá – 02 diciembre 2022

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA ELEGIR A 01 CONSEJERO TITULAR CIUDADANO O CIUDADANA – 02 diciembre 2022


Integración del Consejo         (word)


Se garantiza que la integración del consejo de los miembros que procedan de la sociedad civil sea mediante convocatoria pública, en el artículo 5 del Reglamento Interno del Comité de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Tonalá, Jalisco. 

CAPÍTULO II 

DE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ

Artículo 5. El Comité de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Tonalá, Jalisco, estará integrado de la siguiente manera:

  1. El o la titular de la Presidencia Municipal, quien estará a cargo de la Presidencia del Comité;
  2. El o la titular de la Dirección Ecología y Cambio Climático del Municipio, quien estará a cargo de la Secretaría Técnica del Comité;

III. Representantes de los tres niveles de gobierno, y

  1. Las o Los ciudadanos profesionistas o investigadores, y los representantes Organismo

de la Sociedad Civil con residencia en municipio, que considere conveniente invitar a participar, por sus conocimientos en la materia.

Para la integración del Comité el Pleno del Ayuntamiento emitirá el acuerdo municipal que anuncie la integración mediante convocatoria pública.

El Comité deberá prever la conformación de por lo menos en un 51 % (cincuenta y uno por ciento) Ciudadanos.

Lo señalados en los incisos II serán conforme al reglamento orgánico de la administración pública municipal vigente;

Reglamento Interno del Comité de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Tonalá, Jalisco. 

Administración 2018-2021

Convocatoria

Consejo de Participación y Planeación para el Desarrollo Municipal

Consejo Ciudadano para la Consolidación de un Gobierno Abierto

Consejo Técnico Catastral del Municipio

Administración 2021-2024

Publicación en la página oficial del ayuntamiento de Tonalá – 02 diciembre 2022

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA ELEGIR A 01 CONSEJERO TITULAR CIUDADANO O CIUDADANA – 02 diciembre 2022


Convocatoria Pública para la Integración del Consejo – 29 diciembre 2021

Publicación en la página oficial del ayuntamiento de Tonalá.

Acuerdo No. 62 Integración del Consejo

Integración del Consejo                    (word)


Se garantiza que la integración del consejo de los miembros que procedan de la sociedad civil sea mediante convocatoria pública, en el artículo 4 del Reglamento del  Consejo Técnico Catastral del Municipio de Tonalá, Jalisco.

CAPÍTULO II DE LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO

Artículo 4. El Consejo estará integrado por:

I. El Presidente Municipal o la persona que el designe, que será el Presidente del Consejo;

II. El Tesorero Municipal o la persona que el designe, que será el Secretario del Consejo;

III. El Director de Catastro Municipal o quien haga sus veces en caso de convenio;

IV. La Directora o el Director de Obras Publicas del Municipio;

V. La Directora o El Director General de Planeación y Desarrollo Urbano;

VI. La Presidenta o El Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda y Presupuestos, o la competente conforme al reglamento orgánico del municipio;

VII. Un representante por:

a) Cámara de la Industria de la Construcción;
b) Cámara de Comercio ; y
c) Centro Empresarial de Jalisco;

VIII. Un representante del Sector Agropecuario;

IX. Un representante de la Cámara de la Propietarios de Fincas Urbanas;

X. Un representante del Consejo Intergrupal de Valuadores del Estado de Jalisco, mismo que deberá acreditar que está registrado en la Dirección de Catastro Estatal y Municipal.

XI. Un representante del Colegio de Notarios de Jalisco, que esté adscrito al municipio de Tonalá; y

XII. Así como a los ciudadanos que el Consejo considere conveniente invitar a participar, por sus conocimientos en la materia y reconocida solvencia moral.

El Consejo deberá prever la conformación de por lo menos en un 51 % (cincuenta y uno por ciento) Ciudadanos.

Los integrantes señalados en los incisos III, IV, V y VI, serán conforme al reglamento orgánico de la administración pública municipal vigente;

Por cada titular del Consejo deberá nombrarse un suplente.

Los consejeros Ciudadanos durarán hasta por tres años y deberán ser renovados al año intermedio de la gestión del Gobierno Municipal.

Para la integración del Consejo el Pleno del Ayuntamiento emitirá el acuerdo municipal que anuncie la integración mediante convocatoria pública de los integrantes Ciudadanos.

Reglamento del  Consejo Técnico Catastral del Municipio de Tonalá, Jalisco.

Administración 2018-2021

Convocatoria