
DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PUBLICA DE TONALA
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 2010
Presentación.
Es responsabilidad del titular de cada dependencia la expedición de los manuales de Organización y procedimientos, por lo que se emite este manual de Organización que documenta la organización actual de la Dirección General d Seguridad Publica, Protección Civil y Bomberos, presentando de manera general la normatividad, estructura orgánica, atribuciones y funciones que le permitan cumplir con los objetivos del Plan Municipal de Desarrollo.
El presente Manual quedara al resguardo de la Dirección General de Seguridad Publica, Protección Civil y Bomberos; las revisiones y actualizaciones se harán manualmente.
La Dirección General de Seguridad Publica, Protección Civil y Bomberos elaboro la presente manual de organización, con el objeto de establecer los lineamientos generales de observancia en esta Dependencia, como parte de las acciones de mejoramiento y desarrollo de los esquemas de organización y funcionamiento.
Objetivo del Manual de Organización.
Este manual de organización es un documento normativo e informativo cuyos objetivos son:
∞ Mostrar la organización de la Dirección General de Seguridad Publica, Protección Civil y Bomberos.
∞ Servir de guía para llevar a cabo el trabajo diario de cada unidad, orientadas a la consecución de los objetivos de la dependencia.
∞ Delimitar las responsabilidades y competencias de todas las áreas que componen la organización, para detectar omisiones y evitar duplicidad de funciones que repercutan en el uso indebido de los recursos.
∞Actuar como medio de información, comunicación y difusión para apoyar la inducción del personal de nuevo ingreso al contexto de la institución.
∞Sentar las bases para el desarrollo y/o actualización del Manual de Procedimientos.
∞Servir de marco de referencia para división del trabajo y medición de su desempeño.
∞Contribuir a fundamentar los programas de trabajo y presupuestos de las dependencias.
Antecedentes Históricos.
En el año de 1873 se lleva a cabo la fundación del Ayuntamiento de Tonalá, para la cual figura de autoridad recaía en el presidente municipal.
A finales de los años 70´s las instalaciones de la Dirección General de Seguridad Publica, se encontraron en el inmueble que ocupa actualmente la Presidencia Municipal, para posteriormente y a finales de los 80´s ubicarse en las oficinas de la llamada Casa de Artesanos de Tonalá.
Mediante sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el 28 de febrero de 1983, encabezada por el Presidente Municipal, Marcos Arana Cervantes, se aprueba por unanimidad y en forma definitiva el Reglamento de la Policía y Buen Gobierno.
El 13 de enero del año 1984, en sesión ordinaria del Ayuntamiento, presidida por el ciudadano Presidente Municipal, arcos Arana Cervantes, se aprueba por unanimidad ante el pleno, la creación de la Dirección Intermunicipal de Seguridad Publica de la Zona Metropolitana, integrada por los Ayuntamientos de la Zona Metropolitana,; municipios de Guadalajara, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan.
El15 de Enero de 1895, se nombra al teniente Coronel Fausto Santiago González Cadena, como responsable del área de la Dirección Municipal de Seguridad Publica de la Zona Metropolitana.
Finalidad en el mes de junio de 1987, se invierte la cantidad de 120 millones de pesos para crear el edificio de la Dirección de Seguridad Publica, en donde actualmente ofrece sus Servicios a la ciudadanía.
6. Marco Jurídico y Atribuciones de la Dependencia.
6.1 Marco Jurídico.
La existencia de la Dirección General de Seguridad Pública, Protección Civil y Bomberos, sienta las bases de su existencia en el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en lo dispuesto por el Capítulo XVII de la Dirección General de Seguridad Pública Protección Civil y Bomberos. Articulo 120, Fracciones de la I a la XI, así como en el Capitulo XVIII de la Dirección de protección Civil y Bomberos Articulo 122, en el Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco.
Leyes Federales
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
- Código Penal Federal
- Código de Procedimientos Penales.
- Convención de los Derechos del Niño.
Leyes Estatales:
- Código Civil para el Estado de Jalisco.
- Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Jalisco.
- Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco.
- Código Penal para el Estado de Jalisco.
- Ley de Justicia Integral para Adolescentes del estado de Jalisco
- Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
- Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Jalisco.
- Ley de Protección Civil Para el Estado.
- Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.
- Ley para la Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar del Estado de Jalisco.
- Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Reglamentos:
- Reglamentos de las Condiciones Generales de Trabajo del H. Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco.
- Reglamentos de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Tonalá, Jalisco.
- Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Municipio de Tonalá Jalisco.
- Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá Jalisco.
- Reglamento Interno de Seguridad Pública del Municipio de Tonalá, Jalisco.
- Reglamento Municipal de Protección Civil de Tonalá, Jalisco.
6.2 Atribuciones:
Son atribuciones de la Dirección General de Seguridad Pública, Protección Civil y Bomberos.
- La conservación y mantenimiento del orden, la tranquilidad y seguridad pública en el municipio, así como la prevención social contra la delincuencia.
- Conducir en el municipio las normas políticas y programas, que derivan de la Ley General que establece las bases de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
- La prevención del delito y de las infracciones penales y administrativas del ámbito de su competencia.
- Establecer la creación, estructuración y aplicación de los programas tendientes a prevenir y combatir los hechos delictivos de acuerdo a la gravedad de los delitos y al índice de la criminalidad de la circunscripción territorial.
- Crear bancos de información que permitan el establecimiento de programas especiales que conlleven a la formación de una estrategia de prevención y combate a la delincuencia, así como a la coordinación para tal fin de los diferentes cuerpos policiales.
- Captar, procesar, ordenar y analizar la información estadística del municipio para presentarla de manera oportuna y confiable a las distintas instituciones públicas involucradas en la prevención y combate al delito y brindar información a la comunidad, a fin de ampliar la cultura cívica en estas materias y prevenir los delitos.
- Diseñar, implantar y evaluar instrumentos y programas de educación preventiva y de organización vecinal para la prevención del delito apoyándose entre otros en medios eficaces de promoción y comunicación masiva.
- Difundir entre la población los programas que se establezcan de manera particular y general, en materia de prevención del delito.
- Diseñar, implantar, impulsar y fortalecer la profesionalización del personal dedicado a las tareas de seguridad pública, a través de una rigurosa selección de los aspirantes, de su capacitación en instalaciones adecuadas de manera sistemática y continua, así como del servicio civil de carrera y de la mejora de las condiciones laborales y salariales de este personal.
- Proponer al titular del Ayuntamiento todas las políticas y medidas que propicien una conducta policial basada en los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, y combatir de manera enérgica y eficaz cualquier abuso o desviación en la conducta policial, así como aplicar y dirigir dichas políticas en el ámbito de su competencia.
- Administrar los recursos que le sean asignados a efecto de realizar una equitativa distribución de los mismos, entre las diferentes áreas que la integran, asignando de acuerdo a las necesidades y requerimientos de cada una de ellas, los recursos financieros, humanos y materiales de que disponga y de acuerdo a la normatividad existente para tal efecto.
7. Filosofía de la Dependencia.
7.1 Misión
Ser una Institución de calidad, comprometida con su sociedad, apoyando y fortaleciendo la prevención de ilícitos coadyuvando con esto el desarrollo integral del municipio.
7.2 Visión
Trabajar de forma honesta, eficaz y oportuna, con personas dedicadas en velar por la tranquilidad y protección de la ciudadanía, generando con ello su confianza para obtener un ambiente de seguridad y bienestar social.
7.3 Valores
Lealtad:
Con la institución y la ciudadanía para responder al mandato que se nos confiere al resguardar el orden público y el estado de derecho.
Justicia:
El deber de conservar y hacer cumplir la ley así como el respeto a las derechos humanos.
Honor:
La virtud de realizar nuestra función con transparencia y honradez.
Valor:
Para enfrentar con profesionalismo y decididamente los riesgos que esta labor conlleva.
Eficacia:
En la respuesta inmediata en apoyo y atención a la comunidad.
Compromiso:
Vocación al espíritu del servicio público y la protección a la dignidad e integridad de las personas.
8. Objetivo General de la Dependencia.
Garantizar el orden público y el estado de derecho con el propósito de salvaguardar la integridad de las personas, las familias y sus bienes, promoviendo la cultura de la legalidad mediante la prevención del delito y la participación ciudadana en el Municipio.
9. Estructura Organizacional.
9.1 Estructura Orgánica
1. Dirección General de Seguridad Pública, Protección Civil y Bomberos.
1.0.1 Departamento de la Junta de Reclutamiento
1.0.2 Departamento de Servicios
1.0.3 Departamento de Comunicación Social
- Subdirección General
- Dirección Operativa
- Dirección Técnica
- Dirección Administrativa
- Dirección de Prevención Social
- Dirección de Protección Civil y Bomberos
- Jefatura de Bomberos
- Jefatura de Protección Civil
9.2 Organigrama Estructural
Dirección General de Seguridad Pública Protección Civil y Bomberos
9.3 Suplencias en caso de ausencia.
En caso de ausencias temporales del Director General el Presidente Municipal delegará las funciones correspondientes a los responsables de cada una de las Direcciones. Artículo 11 del Reglamento Interno de la Dirección de Seguridad Pública del Municipio de Tonalá, Jalisco.
9.4 Objetivos y funciones específicas
Objetivo:
El mando directo de la Dirección General de Seguridad Pública, Protección Civil y Bomberos, corresponde al Presidente Municipal a través del Director General, así como su representación.
Funciones Específicas:
Corresponde al Director de Seguridad Pública:
- Ejecutar en el municipio las normas políticas y programas que se derivan de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal y las bases de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
- Sugerir y aplicar las bases sobre os programas en la prevención de las infracciones administrativas dentro del ámbito de su competencia.
- Establecer la creación, estructuración y aplicación de los programas tendientes a prevenir y combatir los hechos delictivos de acuerdo a la gravedad de los delitos y al índice de criminalidad de la circunscripción territorial.
- Crear bancos de información que permitan el establecimiento de programas especiales que conlleven a la formación de una estrategia de prevención y combate para la delincuencia, así como para la coordinación de los diferentes cuerpos policiales.
- Captar, procesar, ordenar y analizar la información estadística del municipio, para presentarla de manera oportuna y confiable a las distintas instituciones públicas involucradas en la prevención y combate al delito y brindar información a la comunidad fin de ampliar la cultura cívica en materia de seguridad.
- Diseñar, implantar, evaluar instrumentos y programas de educación preventiva y de organización vecinal para la prevención del delito, apoyándose, entre otros, en medios eficaces de promoción y comunicación masiva.
- Difundir entr5e la población los programas que se establezcan de manera particular y general en materia de prevención dl delito.
- Diseñar, implantar, impulsar y fortalecer la profesionalización del personal dedicado a las tareas de seguridad pública, de su capacitación permanente, continua y sistemática adecuada, así como del servicio civil de carrera y d la mejora de las condiciones laborales y salariales de este personal.
- Proponer al titular del Ayuntamiento, todas las políticas y medidas que propicien una conducta policial basada en los principios de la legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, combatiendo de manera enérgica y eficaz cualquier abuso o desviación en la conducta policial, así como aplicar y dirigir dichas políticas en el ámbito de su competencia.
- Administrar y aplicar los recursos que le sean designados, a efecto de realizar una equitativa distribución de los mismos entre las diferentes áreas que la integran, asignando de acuerdo a las necesidades y requerimientos de cada una de ellas, los recursos financieros, humanos y materiales de que disponga y de acuerdo a la normatividad existente para el efecto.
- Prevenir la comisión de infracciones, mantener la seguridad, el orden público y la tranquilidad de las personas:
- Presentar los informes de detenciones y retenciones flagrantes ante el Juez Municipal correspondiente:
- Notificar citatorios así como ejecutar ordenes de presentación que se dicten con motivo del procedimiento sancionador de infracciones;
- Trasladar y custodiar a los infractores a los lugares destinados al cumplimiento de arresto:
- Supervisar y evaluar el desempeño de sus elementos policiacos en la aplicación del presente reglamento:
- La conservación y mantenimiento del orden, la tranquilidad y seguridad publica en el municipio, aso como la prevención social contra la delincuencia: y
- Las demás funciones que las leyes y reglamentos lo faculten.
Artículo 14 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Tonalá, Jalisco. |